Inversor
Particular
Profesional
Agentes
Reformas
Inmobiliaria de segunda generación · Bilbao
Legal
Última actualización: Octubre 2026
Las presentes Condiciones generales regulan la relación mercantil entre EV2 Grupo de Inversión SL (titular de la plataforma AIIA) y los agentes inmobiliarios independientes adheridos a la Red AIIA o a la Red AIIA Cristal. Se aplican a todo agente que solicite o mantenga el alta en cualquiera de las dos redes y complementan, sin sustituirlas, las Condiciones de uso de la plataforma, en particular sus apartados 3.1, 3.6, 3.7, 3 ter, 3 quinquies y 3 sexies.
La vinculación entre el agente y EV2 Grupo de Inversión SL tiene la naturaleza de un contrato mercantil de agencia conforme a la Ley 12/1992, de 27 de mayo, sobre Contrato de Agencia. No existe relación laboral alguna: no hay dependencia, jornada ni horario impuestos, ni subordinación, ni retribución fija periódica a cargo de EV2 Grupo de Inversión SL. El agente organiza libremente su actividad, sus medios y su cartera, y factura en su condición de profesional independiente.
La Red AIIA independiente y la Red AIIA Cristal tienen condiciones económicas y contractuales distintas. En la Red AIIA el agente independiente firma el encargo, intermedia y factura al vendedor; en la Red Cristal la venta la gestiona EV2 Grupo de Inversión SL con su propio equipo.
El alta en la red se solicita a través de la plataforma y queda sujeta a admisión previa por EV2 Grupo de Inversión SL, que podrá verificar la identidad, los datos profesionales y el cumplimiento de las obligaciones aplicables. El agente declara responsablemente disponer de la habilitación profesional exigida por la normativa de mediación inmobiliaria de las Comunidades Autónomas en las que opere —incluida la inscripción en el registro de agentes inmobiliarios de cooperación donde resulte obligatoria, como en Cataluña y en la Comunidad Valenciana— y mantenerla vigente durante toda la pertenencia a la red.
El alta conlleva la aceptación expresa de estas Condiciones mediante firma electrónica, quedando registrados el texto aceptado, su versión, la fecha, la hora y el firmante, conforme al Reglamento (UE) 910/2014 (eIDAS) y a la Ley 6/2020.
En la Red AIIA, el agente firma su propio encargo con el propietario y factura directamente a este sus honorarios. EV2 Grupo de Inversión SL no interviene en la compraventa: presta al agente servicios de captación, tecnología, plataforma y matching de compradores, y factura al agente por captación y uso de plataforma. El agente actúa bajo su propia responsabilidad profesional frente a vendedores y compradores, con sujeción a la normativa de información precontractual (Real Decreto 515/1989 y TRLGDCU).
El régimen económico completo figura en los apartados 3.1, 3.6 y 3.7 de las Condiciones de uso, que se aplican en su integridad y que prevalecen sobre cualquier resumen. En síntesis, y sin que este resumen modifique su contenido:
Los importes se entienden antes de impuestos y el devengo queda condicionado a la formalización efectiva de la compraventa y al cobro efectivo de los honorarios.
Uso de plataforma AIIA (0,5 %). En las operaciones en exclusiva con precio final entre 290.000 € y 500.000 € (excluido AIIA Cristal), el agente abona a AIIA un 0,5 % del precio final de venta por el uso de la plataforma tecnológica y servicios asociados. No es una comisión inmobiliaria cobrada al vendedor y se factura por separado. IVA no incluido.
Servicio Básico PSI al comprador (0,5 %). Cuando la operación la capta el propio agente, este puede cobrar al comprador un 0,5 % del precio final de compraventa por el Servicio Básico PSI (definición de necesidades, búsqueda y filtrado, matching, información y comparación básica, coordinación de visitas y negociación, y seguimiento). No incluye asesoramiento jurídico, fiscal, financiero, urbanístico ni técnico, ni garantiza la formalización. El agente interviene en la operación representando y asistiendo tanto al vendedor como al comprador, cuando así corresponda, y esta circunstancia será comunicada de forma clara y previa a ambas partes. El comprador debe conocer y aceptar por escrito, antes de contratar, el porcentaje, la base, el importe estimado y el alcance.
Ambos conceptos solo se aplican si la operación está marcada como exclusiva; sin exclusiva quedan desactivados. Cada cambio queda registrado con fecha, administrador, estado anterior y nuevo, porcentajes y operación, junto con la versión de condiciones vigente (2026-10-07-v1).
Baja automática. Seis meses seguidos sin aportar ningún comprador suponen la baja automática de la red. Se entiende por «comprador aportado» todo lead de comprador registrado en la plataforma y asociado a la ficha del agente, sin que se exija el cierre de la operación. La baja supone la retirada del acceso a la red y al panel de agente, sin penalización y sin afectar a las comisiones ya devengadas por operaciones cerradas.
Baja voluntaria y suspensión. El agente puede causar baja en cualquier momento comunicándolo por escrito. EV2 Grupo de Inversión SL puede suspender o expulsar de la red al agente que incumpla estas Condiciones, que aporte datos falsos, que infinga la normativa de protección de datos o de mediación inmobiliaria, o que emplee la plataforma de forma abusiva, sin perjuicio de las reclamaciones que correspondan.
EV2 Grupo de Inversión SL puede modificar estas Condiciones y las cuotas notificándolo previamente a los agentes afectados, sin efectos retroactivos. AIIA puede modificar estos importes notificándolo previamente a los agentes afectados, sin efectos retroactivos. Cualquier cambio de cuota queda registrado internamente con fecha, importe anterior, importe nuevo y motivo.
Estas Condiciones se rigen por la legislación española y, en lo aplicable, por el Derecho de la Unión Europea. Para los conflictos con personas que tengan la condición de consumidoras se estará al fuero legalmente previsto; para el resto, las partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero, se someten a los Juzgados y Tribunales de Bilbao.